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16/05/2018
TRIBUNAL SUPREMO: IRPF. Rendimientos irregulares de los abogados. Reducción de los rendimientos obtenidos con un periodo de generación superior a dos años (artículo 32.1 de la Ley del IRPF). Lo son los que proceden del ejercicio profesional como abogado en el asesoramiento o defensa en litigios que se han prolongado en el tiempo más de dos años y se perciben a su finalización, en un único periodo impositivo.// Responsabilidad patrimonial del estado legislador por aplicación normativa del impuesto de sucesiones contraria al derecho comunitario según S.T.J.U.E. de 3 de septiembre de 2014, asunto 127/12. Aplicación a residentes en terceros países. concurrencia de los requisitos establecidos. indemnización procedente. //IVA. Disolución de comunidad de bienes. El Tribunal Supremo rectifica su jurisprudencia anterior y fija, como doctrina, que la adjudicación de inmuebles a los comuneros como consecuencia de la disolución de una comunidad de bienes, constituye una operación sujeta a IVA. // IVA. Noción de establecimiento permanente a efectos del IVA. Compañía Suiza que actúa en España a través de dos filiales, una dedicada a la fabricación en exclusiva para todo el mercado (nacional, comunitario e internacional) y otra de comercialización en exclusiva en España y Portugal de los productos fabricados por la primera.- No son establecimientos permanentes. // IRPF. Determinación del importe neto de las actividades económicas del sujeto pasivo cuando no se superan los 600.000 euros de cifra de negocios. Procedencia de la modalidad simplificada o de la normal cuando se produce la exclusión de la primera por rebasarse aquella cifra, con la consecuencia legal de que deba determinarse el rendimiento por el sistema normal durante los tres ejercicios siguientes. // Responsables subsidiarios. Determinación del alcance de las facultades impugnatorias de los declarados responsables en relación con las liquidaciones tributarias o las sanciones impuestas al deudor principal. // IP/ISD. Reducción de empresa individual: no es incompatible el hecho de percibir una pensión con el ejercicio de una actividad de forma habitual, personal y directa que permita disfrutar de la exención en el Impuesto de Patrimonio y la reducción en el ISD. Confirma la denegación del beneficio fiscal en el caso concreto por ser una cuestión de prueba. // IVA. El uso empresarial o profesional de los vehículos distinto al 50% debe ser probado. Grado de afectación distinto. SENTENCIA DEL TSJUE: IMPUESTOS GRANDES ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES. Los impuestos autonómicos que gravan en España los grandes establecimientos comerciales son compatibles con el Derecho de la Unión. SENTENCIAS DEL TSJCCAA: ISD. Sustitución ejemplar. Momento del devengo. La madre instituyó heredera de su hija incapaz a su hermana, a condición de que la cuidara y atendiera, condición que según la cláusula octava del testamento debía ser constatada en relación a su cumplimiento por el albacea testamentario. // IS. El socio y administrador puede ser parte de la plantilla a efectos del tipo reducido por mantenimiento de empleo.
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16/05/2018
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26/04/2018
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24/04/2018
TS// IS. Ejercicio 2006. Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios: plazo de un año de permanencia en el patrimonio. Efectos de la renuncia al régimen especial de diferimiento del art. 84.2 TRLIS. Voluntad del renunciante. // CÉNTIMO SANITARIO. El Tribunal Supremo desestima la devolución a las gasolineras del 'céntimo sanitario' repercutido a sus clientes. // LGT. Procedimientos tributarios. Comprobación limitada.- Liquidación provisional.- Anulación por razones de fondo.- Plazo para dictar la nueva liquidación en sustitución del anterior.- El artículo 150.7 LGT (antes, artículo 150.5) no se aplica a los procedimientos de gestión.- La nueva resolución que se dicte es un acto de ejecución del artículo 66 RRVA. // IIVTNU. Interpretación del alcance del fallo de la STC 59/2017, de 11 de mayo. ¿Obliga en todo caso a la anulación de las liquidaciones y al reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, sin entrar a valorar la existencia o no en cada caso de una situación inexpresiva de capacidad económica, por razones de seguridad jurídica (artículo 9.3 CE), de igualdad en la aplicación de la ley (artículo 14 CE) y de respeto a la reserva de ley en materia tributaria (artículos 31.3 y 133.1 y 2 CE)?. // IRNR. Impuesto sobre la Renta de No Residentes, ejercicio 2008.- Dividendos satisfechos por sociedades españolas a organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios. Fondo de inversión sometido al Derecho irlandés sin establecimiento permanente en España.- Tipo de gravamen aplicable.- Tratamiento fiscal discriminatorio contrario al Derecho de la Unión Europea. // IRNR. Procedimiento iniciado mediante declaración en el que ha sido necesario practicar comprobación de valores. La solicitud de un informe de valoración del bien no constituye una interrupción justificada del procedimiento de gestión que permita excluir el tiempo empleado para su emisión del plazo de duración del procedimiento. Como ocurre con el procedimiento de comprobación de valores autónomo, la finalidad perseguida al solicitar el informe (cuando las actuaciones se inician por declaración) es comprobar el valor para liquidar el tributo, de manera que éste constituye una actuación necesaria ya comprendida en el plazo de caducidad previsto para resolver el procedimiento. Prescripción concurrente al no tener efecto interruptivo de la misma el procedimiento de gestión que se ha prolongado más de seis meses. // IVA. Repercusión de cuotas. Rectificación. Rectificación a la baja de la cuota repercutida en cumplimiento de una cláusula contractual que minoraba el precio de la compraventa. Plazo de emisión de la factura rectificativa. Interpretación del artículo 89 LIVA. // Competencia. La Jurisdicción social es competente para dilucidar cuestiones entre empresa y trabajador en materia de IRPF. // AJD. El Tribunal Supremo establece que el pago del impuesto por la constitución de las hipotecas incumbe al prestatario. // Remuneración de los consejeros ejecutivos. El TS sostiene en esta sentencia de 26 de febrero de 2018 que el concepto de retribución de los administradores “en su condición de tales” incluye la retribución de las funciones deliberativas así como las funciones ejecutivas y, por tanto, el régimen de aprobación de las retribuciones de los consejeros que desempeñan funciones ejecutivas no se limita al régimen del artículo 249 de la Ley de Sociedades de Capital, esto es, a la exigencia de un contrato aprobado por una mayoría de 2/3 por el propio consejo, sino que, además, debe someterse al régimen del artículo 217. //Obligaciones formales. El mero incumplimiento formal no puede acarrear la automática pérdida de la exención. Analiza si la Administración tributaria puede negar la aplicación de un tipo reducido o una exención en el Impuesto sobre Hidrocarburos cuando lo que se discute no es el destino de los productos sino el incumplimiento de los requisitos formales a los que la Ley y el Reglamento somete el disfrute de esos incentivos. // IVA VEHÍCULOS: deducción del IVA soportado por la adquisición de un vehículo turismo. El derecho español no se ha extralimitado conforme a la legislación europea. // ISD. Determinar si, a efectos de aplicar la reducción en la base del impuesto sobre sucesiones por transmisión de empresa familiar, cabe o no que el sujeto pasivo perciba retribuciones de sociedades en las que participe indirectamente a través de sociedades familiares exentas, cuando dichas retribuciones percibidas de sociedades participadas no se incluyen en el cómputo de su principal fuente de renta. TSJCCAA// IS. Deducción por reinversión del año 2004. Supuesto de arrendamiento de inmuebles, en la que la matriz tenía local y empleado, pero no la filial, que era la que había aplicado la deducción por reinversión. // IIVTNU. En el presente caso, nos hallamos ante la impugnación de diversas liquidaciones del IIVTNU giradas a la recurrente como consecuencia de la adquisición, por sucesión mortis causa, de varios inmuebles sitos en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. Liquidaciones tributarias practicadas no son conformes a Derecho, en la medida en la que la norma con rango de ley que les sirve de cobertura ha sido declarada inconstitucional. // IIVTNU. Venta inmueble con pérdida. Se producía una inversión de la carga que obligaba al Ayuntamiento a realizar un esfuerzo en el sentido de apoyar la tesis de que ha existido incremento. // AJD. Contrato compraventa de un inmueble en el que se acuerda una condición resolutoria en la que se pacta que el vendedor puede retener un 50% del precio pagado en concepto de daños y perjuicios. No se encuentra sujeto a AJD porque no se pacta la cláusula en garantía del pago del precio. // ITP y AJD. El TSJ de Catalunya anula, en una única sentencia, 202 expedientes de comprobación de valores al no haber el perito de la Administración visitado los inmuebles. TEAR// IS. Operación de Permuta a cambio de edificaciones futuras. Fecha de determinación del valor de mercado del bien adquirido en permuta. // ISD. Beneficios fiscales. Normativa autonómica. Exigencia de la residencia habitual. Inconstitucionalidad. //IRPF. Indemnización por el cese de relación laboral especial de alta dirección. Alcance de la Exención. // IS. Deducción por reinversión. Reinversión indirecta. //IRPF. Rendimientos netos de capital inmobiliario. Reducción por arrendamiento de vivienda. No se aplica a los arrendamientos de temporada. //IS. Deducciones por eventos de especial interés público. Traslado del “remanente” al ejercicio siguiente. // IS. Régimen de consolidación fiscal. Exclusión: entidades en situación de desequilibrio patrimonial al cierre del ejercicio.
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06/04/2018
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13/02/2018
SENTENCIAS DEL TS: IS. Régimen de neutralidad fiscal. Operación de escisión. Motivo económico válido. Análisis de las operaciones que pueden acogerse a este régimen de manera conjunta, contemplado las circunstancias previas, coetáneas y posteriores. //IS. BINs. Tal como ya se ha pronunciado el TS cabe comprobar en ejercicios no prescritos las bases imponibles negativas derivadas de ejercicios prescritos, pero tal facultad de comprobación no puede desarrollarse cuando, como en el caso de la sentencia de ahora, el ejercicio del que proviene el crédito fiscal ya fue comprobado en su momento por la Administración y está prescrito por inactividad de la Administración. //LGT. Requisitos materiales y formales relativos a la motivación de las dilaciones del procedimiento inspector imputables al Contribuyente. //LGT. La Administración tributaria ha combinado el uso de los medios de notificación tradicional con las notificaciones electrónicas frente a una entidad obligada a comunicarse con la Administración tributaria por medios electrónicos. //LGT. En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha establecido que no es necesario causar un perjuicio económico a la Hacienda pública para defraudar, sino que, por el contrario, es suficiente con intentarlo. //LGT. Falta de motivación. Las sanciones impuestas carecen de la más mínima motivación susceptible de enervar la presunción de inocencia. //IVPE. El TS cuestiona la constitucionalidad del impuesto sobre el valor de la producción eléctrica. // AJD. El sujeto pasivo en AJD en los préstamos hipotecarios concedidos por entidades de crédito es el prestatario por aplicación del art. 68 de reglamento del ITP Y AJD. // CONCURSO DE ACREEDORES. Alcance de la prohibición de compensación de créditos del art. 58 LC. Jurisprudencia sobre la posibilidad de compensaciones en las liquidaciones derivadas de la emisión de facturas rectificativas por los acreedores concursales, tras la declaración de concurso. Un crédito concursal de la AEAT por IVA a ingresar no puede compensarse con un crédito a favor de la masa del concurso por IVA a devolver. //IRPF. Concepto de contribuyente basado en la residencia habitual. Ésta, a su vez, la determina la permanencia en territorio español durante al menos 183 días en el año natural, sin que al efecto se computen las ausencias esporádicas. Noción de ausencia esporádica: no lo es aquélla que, por su duración o estabilidad, abarca un periodo de tiempo superior al necesario para presumir la residencia habitual. En el caso de estudiantes becados en el extranjero por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX) por periodos prolongados de tiempo, la ausencia del territorio español necesaria para cumplir los requisitos de la beca no es una ausencia esporádica a efectos del artículo 9.1.a) LIRPF. El propósito de volver a España a su término es indiferente desde el punto de vista de la residencia, una vez establecido que en el ejercicio de que se trata la ausencia supera los 183 días. AUTOS DEL TS: IRPF. Ganancias patrimoniales. Derecho de opción de compra sobre un bien inmueble. Integración y compensación de rentas.- ¿La ganancia patrimonial derivada de la concesión de un derecho de opción de compra se integra en la parte general o en la parte especial de la base imponible?. // IRPF. Se solicita la interpretación del artículo 7. H) de la LIRPF. Consiste en determinar si las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están o no exentas del IRPF. //IRPF. Extinción del condominio proindiviso y por mitad de una vivienda, formalizado en escritura pública notarial. ¿Supuesto de no sujeción a transmisiones patrimoniales onerosas y, por ende, de sujeción a la cuota gradual de actos jurídicos documentados, o supuesto de exención de transmisiones patrimoniales onerosas y, por tanto, de no sujeción a la cuota gradual de actos jurídicos documentados?. //LGT. Determinar si la representación otorgada, de forma expresa, a un tercero para actuar en el seno de un procedimiento de inspección tributaria alcanza, igualmente, de manera tácita, para intervenir en un procedimiento sancionador. //ITP. Determinación de la base imponible en las adjudicaciones en pago de deudas.- ¿Valor de la deuda extinguida o valor real del inmueble adjudicado?. // ITP. Transmisión de cuotas de participación indivisas. Extinción parcial del condominio. ¿Tributación por la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas o por la modalidad actos jurídicos documentados. // IIVTNU. Interpretación del alcance del fallo de la STC 59/2017, de 11 de mayo. ¿Obliga en todo caso a la anulación de las liquidaciones y al reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, sin entrar a valorar la existencia o no en cada caso de una situación inexpresiva de capacidad económica, por razones de seguridad jurídica (artículo 9.3 CE), de igualdad en la aplicación de la ley (artículo 14 CE) y de respeto a la reserva de ley en materia tributaria (artículos 31.3 y 133.1 y 2 CE)? SENTENCIA DEL TSJUE: FRANCIA. Los rendimientos del patrimonio de los nacionales franceses que trabajan en un Estado que no sea un Estado miembro de la UE o del EEE o Suiza pueden ser sometidos a las contribuciones sociales francesas. SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL: IVA. Fraude carrusel. La concurrencia de buena fe es un requisito imprescindible. // COMPETENCIA. España: esta jurisdicción no es competente para analizar las presentaciones de devolución del IVA por no establecidos en sus estados de origen. SENTENCIA DE LOS TSJ DE LAS CCAA: IS. No son deducibles las primas de seguro pagadas por la empresa a los trabajadores-socios-administradores. //IS. Gastos deducibles. Corresponde a la Administración probar que los gastos son ajenos a la actividad, salvo patente desproporción. RESOLUCIONES DEL TEAC: IRPF. Contrato de compraventa sometido a condición suspensiva, no existiendo traditio o entrega de la posesión de las fincas. Diferencia con el contrato de opción de compra. Calificación e imputación temporal de las cantidades percibidas a cuenta, cuando finalmente no se cumple la condición, el contrato deviene por tanto ineficaz y las cantidades quedan en manos del comprador como indemnización por los daños y perjuicios causados. // LGT. Comprobación de la situación tributaria de una Agrupación de Interés Económico (AIE). Alcance de la legitimidad de los socios partícipes para impugnar. // IS. Deducción por acontecimientos de excepcional interés. Base de la deducción en el caso de Cajas de Ahorros. // LGT. Infracciones y sanciones. Emisión de facturas con datos falsos o falseados. Art 201 LGT. Tipo infractor. Ámbito subjetivo: aplicación del tipo a personas a no tienen la consideración de empresarios o profesionales y que han emitido las facturas. Aplicación de la doctrina del TC en sentencia de 25 de junio de 2015, nº 146/2015, rec de amparo 6280/2012. //IVA. Exenciones. Arrendamiento de viviendas. Cesión de apartamentos a otra entidad con una finalidad expresamente establecida, su explotación como apartamentos turísticos a cambio de un porcentaje de los ingresos obtenidos en dicha explotación. //LGT. Procedimiento de recaudación. La nueva petición de aplazamiento en el período concedido en la denegación de la primera solicitud no tiene efectos suspensivos. //LGT. Procedimiento recaudatorio. Medidas cautelares. Se plantea si es necesario que se den las dos vertientes, objetiva y subjetiva, en que puede dividirse el riesgo recaudatorio para que pueda apreciarse su existencia al objeto de dictar medidas cautelares. Se concreta el tipo de comportamientos reprochables del obligado tributario y momentos en los que se han puesto de manifiesto a lo largo de las diferentes fases de la regularización y procedimiento de recaudación que pueden conformar la vertiente subjetiva del riesgo recaudatorio. //IVA. Devolución a no establecidos. Requerimientos. Procedimiento de devolución derivado de la normativa del impuesto. Solicitud de documentación distinta a la establecida para el ese procedimiento.// LGT. Retroacción de actuaciones acordada por resolución de recurso de reposición en procedimientos de gestión. Plazo para terminar el procedimiento de gestión.
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13/02/2018
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17/01/2018